SANTO
DOMINGO, República Dominicana.- El Senado aprobó de urgencia este
jueves, con modificaciones, el proyecto que regula los salarios en el
sector público y establece un sueldo de 450 mil pesos al presidente de
la República, y 400 mil para los presidentes del Senado, Cámara de
Diputados, Suprema Corte de Justicia, Tribunal Constitucional y el
Vicepresidente de la República. El Banco Central, establece la pieza,
que luego de ser promulgada la ley, un plazo de dos años para que revise
la escala salarial, según lo dispone el párrafo octavo en las
disposiciones transitorias. El presidente de la Cámara Alta, Reinaldo
Pared Pérez y José María Sosa, sometieron las modificaciones al proyecto
original del Ministerio de Administración Pública (MAP), que establecía
medio millón de pesos de salarios para los presidentes de los tres
poderes del Estado.
La pieza del MAP establecía salarios para el
vicepresidente de la República y presidentes del Tribunal
Constitucional, de 400 mil pesos mensuales, y RD$375 mil al presidente
del Tribunal Superior Electoral.
También fijaba que los presidentes de la Junta
Central Electoral, Cámara de Cuentas y Defensor del Pueblo, ministros de
carteras y el Procurador General de la República, ganarían 350 mil
pesos.
Las modificaciones fijan que los presidentes del
Tribunal Superior Electoral y la Junta Central Electoral, devengará 375
mil pesos, y el presidente de la Cámara de Cuentas RD$350 mil, en tanto
que los ministros, el Procurador General de la República, y el
Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, recibirán un sueldo mensual de
RD$300 mil, y el Defensor del Pueblo, 250 mil pesos.
El artículo 13 del proyecto establece ahora que la
escala salarial que regirá para los senadores, diputados, jueces de la
SCJ y demás del Poder Judicial, Tribunales Constitucional y Superior
Electoral; del Ministerio Público y titulares de la JCE, Cámara de
Cuenta, Defensor del Pueblo y adjuntos, Junta Monetaria, Banco Central y
servidores públicos dependiente de esos órganos y entes
constitucionales, se establecerá por resolución dictada por las
autoridades competentes o por el reglamento que dictará el Presidente
del República.
El artículo 17 dice que “el Ministerio de
Administración Pública, queda facultado para revisar cada dos años y
actualizar, si procede, las escalas salariales establecidas de los entes
y órganos dependientes o vinculados al Poder Ejecutivo, y presentar al
Presidente de la República, una propuesta de ajuste salarial, tomando en
cuenta para su indexación la tasa de inflación correspondiente
publicada por el Banco Central”.
Agrega el párrafo que el Senado, la Cámara de
Diputados, el Poder Judicial y demás órganos y entes de origen
constitucional, y los que integran el MAP, local, revisarán y
actualizarán los salarios de sus funcionarios y empleados.
El artículo 19 establece que ningún caso puede ser
objeto de embargo los salarios que devenguen los funcionarios y
empleados públicos, salvos en los casos establecidos en las leyes.
También el artículo 21 indica que los funcionarios
citados en el artículo 20, no tendrán derecho a gastos de
representación mensual por un monto máximo de un 15% de su salario base.
Pero el mismo no se aplica al presidente y al vicepresidente de la
República, presidente del Senado, Cámara de Diputados, SCJ, tribunales
Constitucional, Superior Electoral, Cámara de Cuentas y JCE.
Las tarjetas de créditos quedan prohibidas su
asignación y el uso de este documento a los funcionarios de alto nivel
establecidos en la ley, con excepción del presidente y vicepresidente de
la República, presidentes del Senado, Cámara de Diputados, SCJ, y
titulares de órganos y entes de origen constitucional.
En el párrafo quinto de las disposiciones
transitorias, indica que a partir de la entrada en vigencia de la ley,
todos los funcionarios contemplados en su ámbito de aplicación
entregarán sus tarjetas de crédito a la Contraloría de la República en
un plazo de 10 días para los fines de su cancelación, para que el
Procurador proceda sin demora a realizar su cancelación.
Julio César Valentín respaldó la iniciativa del
MAP y las modificaciones que introdujo el titular del Senado Pared
Pérez, que enriquecerá la pieza, porque corregirá distorsiones
existentes en el Estado.
Deploró que hay funcionarios que violan el mandato
otorgado por el pueblo y la confianza del Presidente de la República,
que se incrementan hasta ocho veces el sueldo durante su gestión, y se
van con pensiones onerosas, “pero les llegó la hora a esos funcionarios,
y este Senado manda un mensaje claro de frenar esos pingües beneficios
que recibían”.
Pared Pérez, dijo que ha visto artículos en la
prensa escrita, donde se recurren al artículo 225 que establece la
autonomía financiera que establece el Banco Central, “pero si vamos
ellos se establece al Poder Ejecutivo, Ministerio Público, Tribunal
Constitucional y Defensor del Pueblo, Junta Central Electoral, y de la
Cámara Cuenta que está protegida por el artículo 148 de la Carta Magna.
“Es un infeliz argumento, tratando de defender a
lo que es a toda luces una ilógico, porque el artículo 144, de la
Constitución estable la “ley la compensación”.
Emplazó y retó a cualquiera en el país, a que
examinen los papeles los estados financieros a los que han criticado el
manejo de los recursos del Fondo Social del Senado del Distrito
Nacional, y se comprueban que he gasto personalmente un solo peso,
renuncio de la presidencia del Senado y como senador del Distrito
Nacional.
A solicitud del senador Tommy Galán, se eliminó el
párrafo del artículo 31 sobre suspensión y pensión o jubilación que
establece:“Al momento del funcionario o servidor público cesar en el
servicio, recupera su derecho a la pensión o jubilación suspendida y el
monto de la pensión o jubilación será computado tomando como base el
último salario percibido, recibiendo los beneficios equivalente a
porcentaje establecidos sobre ese último salario”.
Sesión
El Senado aprobó hoy el proyecto sobre declaración
Jurada de Patrimonio y Enriquecimiento Ilícito, introducido por los
senadores Charles Mariotti y Julio César Valentín, y pasará a la Cámara
de Diputados para su debate.
Otra pieza sancionada en primera lectura la que
modifica los artículos 2 y 4 de la Ley 139-97, que excluye el 6 de
enero, Día de Reyes y 26 de enero Día de Duarte, de los días feriados
sujeto a traslado, de la autoría de la senadora Cristina Lizardo.
Otro proyecto aprobado es sobre Registro y
Mantenimiento de Infraestructuras Públicas, del senador Félix Bautista, y
Los senadores aprobaron en primera lectura el proyecto que reforma
algunas disposiciones del Código Civil sobre derecho sucesorio.
También fue aprobado el proyecto que crea el Instituto Dominicano de Investigación Agro y Forestal (IDIAF).
En la sesión, los senadores Amílcar Romero,
Charlies Mariotti y Luis René Canaán, defendieron la calidad del salami
registrado que se produce en el país, y luego de exposición en el
hemiciclo, salieron y cometieron del producto en presencia de los
periodistas.
ANJE dice son preocupantes cambios
En ocasión del resultado del Informe del Proyecto
de Ley de Regulación Salarial del Estado, que rindió la Comisión
Permanente de Seguridad Social, Trabajo y Pensiones del Senado de la
República, la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) declaró
que los cambios realizados son de alta preocupación y contrarios a la
Constitución dominicana que ordena sea a través de una Ley que se
establezca la escala salarial. La Asociación resalta que el artículo 144
de la Carta Magna dispone que la Ley establecerá las modalidades de
compensación de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a los
criterios de méritos y característica de la función a desempeñar. Sin
embargo, la versión modificada del Proyecto de Ley de Regulación
Salarial del Estado faculta al Presidente de la República a fijar la
escala salarial mediante Reglamento, a propuesta del Ministerio de la
Administración Pública, lo cual entienden no responde al mandato
Constitucional.
El señor Manuel Cabral F., Presidente de ANJE
agregó que, “para nuestra institución no es adecuada la facultad que
otorgaría este Proyecto al Presidente de la República, y por tanto,
abogamos porque la regulación establezca una estructuración general del
nivel salarial detallada para cada funcionario en la prestación del
servicio, contraria a la práctica que es ejercida hoy día.” Para el
gremio empresarial el espíritu de la Constitución en esta área es
garantizar la transparencia y objetividad en la fijación salarial de la
administración pública, de manera que no quede bajo la discrecionalidad
de ningún órgano o funcionario del Estado esta atribución, si no a
través de una Ley.
Adicionalmente los jóvenes empresarios agregaron
que el informe de la Comisión del Senado modifica el Proyecto
estableciendo montos salariales específicos para los funcionarios de
alto rango, lo cual debe ser sopesado si es prudente incluir esa
disposición o no para evitar que la Ley que se apruebe sea obsoleta en
el tiempo. Además, ANJE sostiene que el Principio de Equidad en la
regulación salarial que propone el referido Proyecto es importante, sin
embargo resalta que de acuerdo al artículo 144 de la constitución
dominicana, la compensación salarial debe responder a las
características y competencias de la prestación del servicio.
Finalmente, Cabral en representación de ANJE hace
un llamado al Senado a no festinar el referido Proyecto de ley tan
importante para la nación, sin antes realizar una revisión profunda y
adecuada del mismo, que mantenga el espíritu constitucional y naturaleza
jurídica de su aprobación.