jueves, 23 de octubre de 2014

Senador Bautista se despoja de inmunidad para defenderse acusaciones de Procuraduría

Félix Bautista, senador y dirigente del PLD.SANTO DOMINGO.- El senador Félix Bautista, contra quien la Procuraduría General de la República ha solicitado prisión preventiva ante la Suprema Corte de Justicia, informó que ha decidido despojarse de su inmunidad parlamentaria para responder ante las acusaciones formuladas por el Ministerio Público sobre alegados actos de corrupción y lavado de activos.
Félix Bautista, senador y dirigente del PLD.
“Yo anuncio aquí, en este momento, que desde ahora me despojo de mi inmunidad como senador para ir a la Justicia a demostrar que soy inocente de las acusaciones que me hacen”, indicó el legislador al ser entrevistado en el noticiario Telenoticias, que se transmite por Telesistema.

“A quien más le interesa ir a un tribunal y demostrar mi inocencia es a mí, porque la acusación que hace es falaz, maliciosa, perversa. Pero él sabe la acusación que hizo fue porque lo pusimos en evidencia en el Senado”, agregó Bautista.

“El que me acusa no es un procurador general de la República, es un candidato político, lo que es muy grave y traiciona incluso la confianza depositada en él por el presidente Danilo Medina”, precisó el congresista al defenderse ante la solicitud del Ministerio Público.

La decisión del legislador por la provincia San Juan y secretario general del Partido de la Liberación Dominicana fue hecha pública poco después de que la Procuraduría General de la República hiciera público su pedido de prisión preventiva contra Bautista y otras personas que también vincula en corrupción y lavado de activos.

Los otros involucrados en el expediente junto a Bautista son Soraida Abreu Martínez, José Hernández, Bolívar Ventura, Carlos Ozoria Martínez, Gricel Soler y Bienvenido Bretón Medina.

La Procuraduría General de la República acusa a Bautista de presunta  violación a los artículos 114, 145, 146, 147, 148, 150, 151, 166, 167, 171, 172 y 175 del Código Penal, sobre infracciones de atentado contra la Constitución, falsedad de escritura pública y privada, uso de documentos falsos, prevaricación, desfalco y asuntos incompatibles con la calidad de funcionario público; 361 numeral 1 y 3 literal d); artículo 7 de la Ley 82-79 sobre Declaración Jurada de Bienes que consagra y sanciona el enriquecimiento ilícito.

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